El 58º período de sesiones de la Comisión de Desarrollo Social (CSocD58) se celebrará del 10 al 19 de febrero de 2020 en la Sala de Conferencias 4, en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York. La Comisión es el órgano consultivo responsable del pilar de desarrollo social del desarrollo global.
En 2020 celebraremos el 75º aniversario de la Comisión y el 25º aniversario de la Declaración de Copenhague sobre Desarrollo Social. 2020 es un año crucial para la realización acelerada de sociedades inclusivas y la reducción de las desigualdades en todas partes para las personas de todas las edades.
Tema prioritario: Vivienda asequible y sistemas de protección social para todos-as para hacer frente a la falta de vivienda
La falta de vivienda es una enorme violación de los derechos humanos que se produce en todos los países y que amenaza la salud y la vida de las personas más marginadas. La falta de vivienda es el resultado inaceptable de que los Estados no cumplan el derecho a una vivienda adecuada. Requiere respuestas urgentes e inmediatas en materia de derechos humanos por parte de la comunidad internacional y de todos los Estados”.
SIDE EVENT DESCRIPTION
Dado el éxito del evento paralelo de HIC durante el 57º período de sesiones del CSocD, y dado que la prioridad del 58º período de sesiones es “Vivienda asequible y sistemas de protección social para todos para poner fin a la falta de vivienda“, HIC ha propuesto seguir colaborando con el Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de las Naciones Unidas para organizar un evento paralelo titulado: “Vivienda asequible”: Clave para acabar con la existencia de personas sin hogar”. Al hacerlo, HIC aplica su enfoque del Observatorio para un Hábitat de Derechos Humanos al alinear las obligaciones permanentes de los Estados en materia de derechos humanos con sus compromisos voluntarios y temporales de política global para resolver los problemas, desafíos y dilemas del hábitat.
Para ello, HIC ha diseñado un evento paralelo que da seguimiento a tres sub-temas relacionados y dos ejemplos de buenas prácticas:
- Declaración del problema: qué conduce a la falta de vivienda (desalojos, VaW, empobrecimiento, desigualdad, etc.)
- Enfoque del Observatorio para un Hábitat de Derechos Humanos
- Soluciones: Financiamiento de la vivienda y movilización de recursos para abordar el problema de la falta de vivienda
– Ejemplo 1: Incremento de la vivienda (factores de cambio y recursos involucrados)
– Ejemplo 2: Producción Social de la Vivienda/Hábitat (factores de cambio y recursos involucrados).
– Otros ejemplos de Asia, África, América Latina, Europa y América del Norte
Este evento paralelo ha sido preparado para examinar la cuestión del sinhogarismo en el contexto de las causas remotas e inmediatas, así como las posibles soluciones a corto y largo plazo. En el evento paralelo también se examinarán los factores que impulsan el fenómeno de las personas sin hogar (desalojos, violencia contra la mujer, pobreza, desigualdad, exclusión social, desastres naturales, etc.) y se aprovecharán los resultados del 57º período de sesiones de la Comisión de Desarrollo Social, en el que se examinaron las políticas fiscales, salariales y de protección social para hacer frente a las desigualdades y a los problemas de inclusión social.
La falta de vivienda es una violación de los derechos humanos
La Declaración Universal de Derechos Humanos reconoce, y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales garantiza, el derecho humano a una vivienda adecuada para todos y todas. Los tratados vinculantes de derechos humanos y otros instrumentos de derecho internacional definen lo que los Estados, incluidos los miembros de la ONU, están continuamente obligados a hacer. Los siete principios de aplicación general consagrados en los Pactos especifican cómo debe hacerse; es decir, practicando la autodeterminación, la no discriminación, la igualdad de género, el estado de derecho, la realización progresiva de los derechos humanos, el máximo de los recursos disponibles y la asistencia y cooperación internacionales.
La interpretación legal autorizada define la “adecuación” de la vivienda, las violaciones y las obligaciones de los Estados Partes, y el Sistema de Tratados de la ONU supervisa el cumplimiento y la prometida “mejora continua de las condiciones de vida”. En el Programa Hábitat II (1996), los Estados se comprometieron repetidamente a asegurar “la realización progresiva del derecho humano a una vivienda adecuada”.
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La falta de vivienda y las agendas globales
Además, la resolución de la Asamblea General Transformando nuestro mundo: La Agenda de Desarrollo Sostenible 2030 (A/RES/70/1), los correspondientes Objetivos de Desarrollo Sostenible (SDG), así como los compromisos de la Nueva Agenda Urbana (NUA), establecen los principios y medidas específicas con las que los estados se comprometieron a lograr un progreso medible dentro de nuestro marco de tiempo actual.
Los procesos de los ODS monitorean el progreso con respecto a los Objetivos específicos e indicadores tales como:
La “Proporción del total de la población adulta con derechos de tenencia segura de la tierra, con documentación legalmente reconocida, y que percibe sus derechos a la tierra como seguros, por sexo y por tipo de tenencia (indicador 1.4.2),
Promover políticas orientadas al desarrollo que apoyen las actividades productivas, la creación de empleo decente, la capacidad empresarial, la creatividad y la innovación…, incluso mediante el acceso a los servicios financieros (meta 8.3), haciendo un seguimiento de la “Proporción de empleo informal en el empleo no agrícola, por sexo” (indicador 8.3.1); y
11.1 Para 2030, asegurar el acceso de todos a una vivienda adecuada, segura y asequible y a los servicios básicos, y mejorar los barrios marginales” (Meta 11.1), mientras que los esfuerzos de los Estados se verifican mediante la “Proporción de la población urbana que vive en asentamientos informales o viviendas inadecuadas” (indicador 11.1).
Sin embargo, cabe señalar que el indicador 11.1.1 no incluye la falta de vivienda y que el proceso del Grupo de Desarrollo Sostenible dejó de lado el compromiso de “Apoyar a los países menos adelantados, incluso mediante asistencia financiera y técnica, en la construcción de edificios sostenibles y resistentes con materiales locales” (meta 11.c).
No obstante, la NUA reconoce a las personas sin hogar (párrs. 22 y 31) y se compromete a “estimular la oferta de una variedad de opciones de vivienda adecuada que sean seguras, asequibles y accesibles…” y a adoptar “medidas positivas para mejorar las condiciones de vida de las personas sin hogar, con miras a facilitar su plena participación en la sociedad, y a prevenir y eliminar la falta de hogar, así como a combatir y eliminar su penalización” (párrs. 33 y 108).
En la NUA, los Estados dicen, en nombre de sus diversas esferas de gobierno, cómo piensan hacerlo:
31. Nos comprometemos a promover políticas de vivienda nacionales, subnacionales y locales que apoyen la realización progresiva del derecho a una vivienda adecuada para todos-as como componente del derecho a un nivel de vida adecuado, que aborden todas las formas de discriminación y violencia y prevengan los desalojos forzosos arbitrarios y que se centren en las necesidades de las personas sin hogar, las personas en situación vulnerable, los grupos de bajos ingresos y las personas con discapacidad, permitiendo al mismo tiempo la participación y el compromiso de las comunidades y los interesados pertinentes en la planificación y aplicación de estas políticas, incluido el apoyo a la producción social del hábitat, de conformidad con la legislación y las normas nacionales.
En otro respaldo a la producción social apoyada por el Estado, los estados dicen:
46. Nos comprometemos a promover el papel de la vivienda asequible y sostenible y de la financiación de la vivienda, incluida la producción de hábitat social, en el desarrollo económico…
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Ponentes / Organizaciones
- Ify Ofong, Directora de Women in Development and Environment (WorldWIDE Network: Nigeria)
- Alcides Andrade, Director del Instituto para la Cooperación y Autodesarrollo (ICADE, Honduras)
- Joseph Schechla, Coordinador de Housing and Land Rights Network (HLRN, Egipto)
- Álvaro Puertas, Secretario General de la HIC (HIC, España)
- Ana Patricia Godoy, Directora del Programa de Servicios Financieros (ICADE, Honduras)
Contribuciones escritas, vídeo o participación en línea:
- Carme Gual, Directora de la Agencia Catala de Cooperación (ACCD, España)
- Silvia de los Ríos, Arquitecta y Planificadora Urbana (CIDAP, Peru)
- Shivani Chaudhry, Directora de Housing an Land Rights Network (HLRN, India)
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- Resumen del inform A/HRC/31/54 of the SRAH, disponible en:
https://www.ohchr.org/Documents/Issues/Housing/HomelessSummary_en.pdf
2) Informe completo disponible:
https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G15/294/52/PDF/G1529452.pdf?OpenElement